Micelio
Auto12 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante --·Demandado Juan

Tema · dato duro
Proceso Penal Adelantado Contra Miembro De Comunidad Indígena Por Posible Comisión Del Delito De Acceso Carnal Violento En Menor De Catorce Años-No Se Acreditan Los Factores De Competencia Objetivo E Institucional Que Habiliten El Fuero Indígena.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Penal del Circuito de Narnia y la Comunidad Indígena Luna, surgido de una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, posible integrante de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de acceso carnal violento, en concurso homogéneo y sucesivo agravado, con menor de 14 años.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para asignar la competencia.

El factor personal se satisface por la pertenencia del procesado a la comunidad.

Se cumple el elemento territorial al verificarse que los hechos ocurrieron en la vereda San Juan del corregimiento Dallas, municipio de Narnia, que coincide con el espacio geográfico de ubicación del resguardo.

El elemento objetivo no es determinante porque tanto para la comunidad, como para la sociedad mayoritaria, el delito investigado es de especial nocividad.

El elemento institucional no se cumple.

A pesar de la existencia de una cierta institucionalidad, no se describen las fases del proceso, tampoco la manera en cómo opera la investigación, ni el análisis probatorio para emitir el juicio definitivo y no es posible evidenciar que la comunidad cuente con un sistema de protección a la víctima, su representación, acompañamiento y su participación en el esclarecimiento de la verdad, lo cual en situaciones como las que aquí incumben son primordiales, ya que las conductas se enmarcan en un contexto de violencia de género que involucra a una menor de edad.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Penal del Circuito de Narnia y el Resguardo Indígena Luna, y DECLARAR que el conocimiento del proceso penal seguido en contra de del señor Juan por el delito de "Acceso carnal violento, artículo 205 del Código Penal (CP), en concurso homogéneo y sucesivo agravado" contenido en el artículo 211 numerales 2º y 6º del CP, corresponde al Juzgado del Circuito de Narnia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6199 al Juzgado del Circuito de Narnia para que continúe con el trámite del referido proceso penal y para que comunique la presente decisión a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.